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Su Excelencia Dr. Muhammad Rateb al-Nabulsi
La Paz sea con vosotros, respetado Dr. Rateb An-Nablusi.
El año pasado, no pude recuperar los días de ayuno debido a que estaba embarazada. Cabe mencionar que ya he pagado la compensación debida por estos días, y dado que di a luz el pasado mes de Ramadán, se aumentaron los días que debía recuperar... y cuando decidí comenzar a recuperar estos días, me sorprendió que también estuviera embarazada y el médico me impidió ayunar antes de que el embarazo alcance los cuatro meses, y en aquel entonces el próximo Ramadán habrá comenzado...
¿Cuál es el veredicto jurídico de estos días y qué debo? y En cuanto a la compensación, por favor, ¿Cuál es el valor de esta compensación y la forma de pagarla?
Que Allah te recompense con lo mejor
Respuesta:
En el Nombre de Al-lah El Clemente El Misericordioso, y las salutaciones sean con el Profeta Muhammad, el digno de confianza, estimado hermano, y que La Paz sea con usted.
La respuesta a la pregunta que me han planteado en la siguiente:
Debería recuperar los días no ayunados y no haría falta pagar una compensación.