Modo oscuro
20-04-2024
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Fatua 03 ¿Cuál es el veredicto de quien rompe su ayuno por olvido, en la recuperación de ayunos de Ramadán o de ayunos voluntarios?
   
 
 
En el nombre de Al-lah El Misericordioso El Compasivo  
 

PREGUNTA
Aunque sé que la ingesta por olvido no rompe el ayuno durante Ramadán, quiero saber ¿cuál es el veredicto de quien ingiere por olvido en ayunos fuera de Ramadán, ya sean voluntarios o obligatorios de recuperación?

RESPUESTA
El veredicto jurídico de la ingesta por olvido durante Ramadán, es el mismo que fuera de Ramadán. Por lo tanto en ningún caso la ingesta por olvido rompe el ayuno, ni de ayunos voluntarios ni obligatorios de recuperación, pues no existe en la sunnah ninguna prueba que los diferencie. En los hadices encontramos los preceptos del ayuno en general sin distinción en obligatorios o voluntarios, de entre ellos:

“Fue un hombre al Profeta (PyB), y le dijo: Oh Mensajero de Al-lah he comido y bebido mientras ayunaba. El Profeta le contestó: Al-lah te alimentó y te sació”

“Dijo el Mensajero de Al-lah: Quien comió por olvido estando en ayuno, que termine su ayuno, puer verdaderamente Al-lah le dio de comer y de beber”


 

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