- Los veredictos / Devoción
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- El ayuno
La Paz sea con vosotros, respetado Dr. Rateb An-Nablusi.
¿Cuál es el veredicto jurídico de una mujer menstruante que rompió su ayuno en Ramadán y no recuperó estos días? ¿Solo tiene que recuperar esos días, después de que haya pasado un año desde el comienzo de Ramadán, o tiene que recuperarlos y pagar la compensación? ¿Basta pagar la compensación y no recuperar los días no ayunados?
Que Allah le recompense con lo mejor
Respuesta:
En el Nombre de Al-lah El Clemente El Misericordioso, y las salutaciones sean con el Profeta Muhammad, el digno de confianza, estimado hermano, y que La Paz sea con usted.
La respuesta a la pregunta que me han planteado en la siguiente:
La mujer que demore en recuperar los días no ayunados en Ramadán no tiene que hacer nada más que recuperarlos.